
Con una tradición que ha superado el medio siglo, la Feria Internacional de Muestras de Asturias es uno de los referentes económicos y empresariales del Principado. La cita de agosto, una de las más longevas de España, es punto de encuentro, foro de intercambio y escaparate de novedades.
Cada año, en un mismo espacio y durante 16 días.
La Feria de Muestras subraya su carácter internacional dando cabida a expositores extranjeros y organizando la visita de delegaciones empresariales
y representantes de instituciones procedentes de los más diversos países: se trata de abrir puertas, de propiciar nuevas vías de negocio a nuestras
empresas. Un certamen que mira al exterior.
La vocación comercial de la Feria Internacional de Muestras se completa con una amplia y variada programación de actividades que pretende reflejar
el día a día de la sociedad. Cada jornada se dedica a un tema específico: el comercio, el medioambiente, las actividades institucionales, el transporte,
las ingenierías técnicas…
Casi 700.000 personas visitan la Feria durante los 16 días de duración. El certamen, además de una inexcusable cita empresarial, es pieza clave
del ocio estival en Asturias.
El recinto ferial, moderno y sostenible, seguro y ecológico, está ubicado en Gijón, a escasos metros de la Playa de San Lorenzo, el Parque de
Isabel la Católica, el Estadio de El Molinón y perfectamente comunicado con las vías rápidas de la ciudad. Su extensión es de 160.000 m2.
La Feria pone a disposición de los expositores cinco pabellones totalmente equipados y una amplia zona exterior, a los que se añade el Palacio de Congresos.
Podrá ser expositor de cualquier feria que convoque u organice la Cámara de Comercio de Gijón toda empresa legalmente constituida cuyas actividades industriales o comerciales constituyan el objeto del certamen.
La organización se reserva el derecho de admisión, tanto de los expositores como de los productos expuestos, los cuales en ningún momento podrán vulnerar la legalidad vigente.
Las tarifas reguladoras del canon de superficie que regirán en FIDMA 2012 serán las siguientes:
ZONA EXTERIOR
Cuando en un emplazamiento en la Zona Exterior exista una edificación que no haya sido construida por el Expositor que la contrate, la tarifa correspondiente se incrementará en 22,00 €/m2 de edificio.
PABELLONES
Las anteriores tarifas se incrementarán en un 10% cuando el emplazamiento dé a dos calles, y en un 20% cuando ofrezca vista a tres calles o esté en isla.
Si el expositor no dispusiese de un stand de diseño adaptable a la superficie contratada o no tuviese capacidad de montaje, el costo del modular sería:
Los módulos básicos contratados con la Institución Ferial se compondrán de los siguientes elementos:
1. Moqueta ferial.2. Tabiques de separación de 2,50 ó 3,00 m. de altura, con los stands contiguos.3. Pies derechos de aluminio anodizado.4. Frontis y rótulo estándar.5. Luminotecnia interior.6. Cuadro magnetotérmico de seguridad, con enchufe de 500 watios de salida e interruptores.
Estos módulos están en régimen de alquiler y cualquier deterioro (agujerear, clavar, pegar con cola abrasiva, etc…) se facturará al expositor según tarifa en vigor.
La altura de los stands es de 2,50 ó 3,00 m. Para ser excedida con sobre-rótulos y con elementos de interior de mayor dimensión, deberá solicitarse autorización del Departamento Comercial.
Si el expositor deseara incorporar al módulo facilitado por la Feria otros elementos de interior, tales como almacenillo, estanterías, zonas reservadas, torres publicitarias, mayor rotulación, anagramas, iluminación directa o indirecta sobre la prevista, etc., deberá encargarlos directamente al Departamento Técnico de la Institución Ferial.
GALERÍAS COMERCIALES
(*) En estas cuatro Galerías Comerciales, la Feria entregará al expositor el stand llave en mano, en régimen de alquiler, cuyo importe está incluido en las tarifas anteriormente fijadas. Se Ie añadirá mostrador y, además, en las de exterior, cubierta para aguas y tarima. Asimismo y por razones de estética, si el titular del stand en dichas cuatro Galerías desease un cierre de lona para proteger la/s zona/s abierta/s al público durante las horas sin actividad ferial, también en alquiler, este servicio tendrá un coste adicional.
En tal concepto, se abonará la cantidad de 110,00 € que irán incluidos en la primera factura. Si el pago de dicha factura no fuera abonado en plazo, la solicitud de participación no será tenida en cuenta.
En el supuesto de que el expositor deseara desglosar el importe de su factura entre dos o más razones fiscales, deberá abonar la cantidad de 110,00 € por cada una de ellas.
Los cambios de titularidad generarán el pago de los derechos de inscripción del titular inicial y del nuevo titular.
Cada conexión por cable que se instale costará 63,00 €, siendo ésta factible en los siguientes espacios: Pabellón de Asturias, Palacio de Congresos, Pabellón Central y Pabellón de las Naciones. En Zona Exterior consultar con el Departamento Comercial.
Las empresas expositoras permanecerán publicitadas hasta la siguiente edición de acuerdo a las referencias que hayan remitido a la Institución Ferial para la confección de la página web (www.feriasturias.es), de manera tal que todo visitante que acceda a la web de la Feria podrá entrar en la web del expositor.
El coste es de 25,00 €.
Para anuncios especiales, separatas, etcétera, los expositores que lo deseen deben dirigirse a la Institución Ferial.
En cumplimiento de lo establecido en el artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1.999, de Protección de Datos de Carácter Personal:
Todos los datos personales facilitados serán objeto de tratamiento automatizado en el Fichero Feria cuya finalidad es la gestión de las invitaciones a empresas para la participación en ferias, confección de acreditaciones, gestión de los contratos de participación en ferias, edición del catálogo de feria y el resto de actividades camerales. Los datos no serán objeto de cesión.
Las preguntas marcadas con asterisco en la solicitud de admisión son de obligada contestación dado que la negativa a hacerlo impedirá tramitar la solicitud para participar en el presente programa. El responsable del fichero es la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Navegación de Gijón, con domicilio en Carretera Piles al Infanzón, 652, 33203 - Gijón.
El interesado podrá revocar su consentimiento, así como ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición ante el citado responsable del fichero.
Cada expositor pagará la cantidad de 5,00 € por metro lineal de frente a calle, a excepción del sector de alimentación, al cual se le aplicará la tarifa de 19,00 € por el tramo de metros frontal a la calle.
Este concepto no implica la obligación por parte de la Institución Ferial de limpiar el interior del stand, sino de mantener aseadas las calles y pasillos mediante el funcionamiento de un servicio especial.
Cada expositor tendrá libertad de contratación del servicio de limpieza del interior de su stand con la empresa que desee. Este personal de
limpieza deberá contar con los correspondientes pases especiales que se les facilitará en el Departamento Técnico.
Asimismo, la responsabilidad por su actuación a efectos civiles será siempre de la empresa de limpieza solicitante de las mencionadas
acreditaciones.
Cada extensión telefónica que se instale costará 151,00 €. Al titular de la misma se Ie cargará aparte el importe de las llamadas efectuadas, una vez finalizada la feria.
Correrá a cargo del expositor la instalación que sea preciso efectuar para poder realizar este suministro a partir de la red general. El canon para todos los expositores que necesiten de este servicio será de 60,00 €, a excepción del sector de alimentación cuya tarifa será de 92,00 €.
La iluminación general queda a cargo de la Organización del Certamen.
Los suministros de energía a los stands se liquidarán a razón de 40,00 €/Kw instalado. Es necesario utilizar siempre elementos de iluminación de bajo consumo.
La Feria dispone de un aparcamiento dentro del propio recinto.
La tarifa de utilización para vehículos durante la duración del certamen es de 181,00 €/plaza. Las medidas de las plazas son 4,50m x 2,50m. La disponibilidad de la plaza se garantiza durante toda la jornada.
Durante la época de montaje y desmontaje su utilización será de uso libre, teniendo en cuenta que el número de plazas es limitado.
Corresponderán seis pases de expositor por cada 30 m2 o fracción de contratación, con un tope de veinte pases. Serán personales e intransferibles y es imprescindible la aportación de una fotografía tamaño carnet del usuario. Si la empresa expositora desea adquirir pases adicionales, su coste será de 5 € cada uno.
Solamente podrán acogerse al precio fijado para expositores aquellas empresas que figuren como titulares en la solicitud de admisión. Los expositores que, a partir del inicio de la Feria, adquieran invitaciones deberán abonarlas en el momento de su adquisición. Con anterioridad a esa fecha, la compra se les podrá cargar en la facturación final de servicios. En ningún caso se admitirán devoluciones de las entradas solicitadas.
El talonario de 50 invitaciones tendrá un coste de 75,00 €.
A todos los importes mencionados en estas condiciones particulares de participación se les añadirá el IVA, al tipo impositivo del 8% o al vigente en su momento.
Los productos que no vengan reflejados en la Solicitud de Admisión en el epígrafe PRODUCTOS A EXPONER y quieran ser presentados en la feria, necesitarán la autorización escrita del Dpto. Comercial.
En el supuesto de no contar con dicha autorización la Organización se reserva el derecho de clausurar el stand.
El Certamen no será responsable de las consecuencias jurídicas que puedan derivarse de la presentación de productos ilegales por cualquier motivo.
El expositor puede contratar libremente los seguros relativos a su personal y mercancía (incendio, robo, expoliación, etc). La Feria se reserva únicamente la contratación del de responsabilidad civil, por la que pudiera contraer aquél con ocasión de su participación en la FIDMA: por daños o lesiones causados a terceros. La Feria no responderá, en ningún caso, de las pérdidas o daños que puedan sufrir objetos, muestras, material de montaje y de exhibición, antes, durante y después de la celebración del certamen por causa de accidente meteorológico, robo, etc.
La factura correspondiente al primer 50% de los cargos requeridos en la solicitud de admisión se emitirá durante el primer trimestre del año y deberá ser abonada antes del día 1 de abril. El segundo 50% se facturará en el segundo trimestre y deberá ser abonado antes del 15 de junio.
A los expositores que opten por la domiciliación bancaria se les emitirá el recibo correspondiente al primer 50% con fecha 15 de marzo y el segundo 50% con fecha 15 de junio. Aquellos que no opten por la domiciliación bancaria deberán efectuar sus pagos mediante transferencia bancaria o ingreso en efectivo en alguna de las cuentas bancarias señaladas, a tal efecto, en las facturas emitidas. No se admitirán cheques ni pagarés como medio pago.
Cualquier solicitud de admisión que se firme con fecha posterior al primero de mayo se facturará por el 100% de los cargos requeridos en la solicitud de admisión y se deberá abonar antes del 15 de junio. Los contratos que se formalicen con posterioridad a esta fecha deberán abonarse en el momento de la firma. El espacio asignado al expositor no tendrá carácter definitivo hasta haber abonado, en su totalidad, las tarifas correspondientes. Por tanto, antes del inicio de la Feria deben estar satisfechos todos los cargos que se hayan facturado hasta ese momento para poder ocupar el emplazamiento contratado. El abono de las facturas de servicios, necesariamente, habrá de hacerse efectivo antes de la finalización del Certamen, a fin de obtener los correspondientes pases de salida.
La Institución se reserva el derecho de prohibir la retirada de mobiliario, objetos e instalaciones fuera del recinto ferial, en tanto no se hayan abonado las facturas correspondientes.
No se permitirá la participación de aquellas empresas que tengan saldos vencidos pendientes de pago con Cámara de Comercio de Gijón, con independencia de cuál sea el Salón, Edición y/o Acto a que corresponda la deuda.
La falta de pago en los plazos establecidos en el apartado anterior ocasionará la rescisión del contrato por parte de la Cámara de Comercio de Gijón y, por tanto, la pérdida de las cantidades que hasta la fecha hayan sido satisfechas.
El desistimiento por causas de fuerza mayor deberá comunicarse siempre por escrito. Como la solicitud de admisión suscrita determina una situación de contratación mercantil firme, el desistimiento llevará aparejado, en cualquier caso, el pago de los derechos de inscripción. Si la anulación se realizara con posterioridad al 15 de Junio, y dado el grave perjuicio que ésta produciría a la Institución Ferial, el expositor deberá abonar la totalidad de las cantidades facturadas por dicha relación contractual.
El horario de FIDMA es de 11:00 a 22:00 horas, ininterrumpidamente.
El personal de cada stand deberá hacer su entrada en el recinto ferial media hora antes de su apertura al público. Todos los Pabellones, salvo el Atlántico, cerrarán de 14:30 a 16:30 horas.
La Galería Comercial n°1 sólo permanecerá abierta, en dicho horario, los domingos y festivos.
El pabellón nº6 (Pabellón de las Naciones) cerrará a las 21:00h.
Los stands deberán estar obligatoriamente abiertos durante el horario de visita del certamen. La Organización se reserva el derecho de clausurar el stand o las instalaciones que lo incumplan.
Las épocas de contratación para la 55 FIDMA son las siguientes:
• Expositores que participaron en la edición ferial del 2011: hasta el 12 de Febrero del 2012.
• Nuevos expositores: del 1 marzo al 30 de Julio del 2012.
Para los primeros caducará el derecho preferente al retorno al emplazamiento contratado en 2011 si no han efectuado contratación en firme al término del periodo que se indica.
El derecho de retorno estará condicionado a las necesidades de la Institución Ferial, la cual hará uso prudente de esta facultad.
El derecho de preferencia que se viene reconociendo al expositor sobre su emplazamiento en la Feria anterior se entenderá sujeto a las siguientes limitaciones:
• Los stands construidos a base de obra de fábrica deberán ser demolidos por el expositor o, en su caso, por la Feria, y siempre a requerimiento de ésta, cuando hayan transcurrido cinco ediciones de la FIDMA desde su construcción.
• Las edificaciones a base de madera, paneles u otros materiales desechables serán necesariamente desmontadas por el expositor al término de cada edición ferial. Para ello disponen de los días de desmontaje previstos para cada Certamen. En el supuesto de que se dejen residuos o escombros finalizado el período de desmontaje, los servicios técnicos se encargarán de su retirada, facturando estos gastos al propio expositor.
La solicitud de admisión formalizada por el expositor ante la Institución Ferial implica el conocimiento y la aceptación de estas condiciones particulares, así como las generales vigentes (ver en www.feriasturias.es), en especial las siguientes:
• Se considera expositor directo la empresa, persona o entidad que firma la solicitud de admisión.
• Queda prohibida la permuta, cesión o subarriendo del espacio contratado por el expositor. Cuando la Cámara de Comercio de Gijón tenga constancia de que se ha vulnerado lo anterior podrá proceder, sin que medie denuncia o preaviso alguno, a la inmediata resolución del contrato con dicho expositor, con pérdida de las cantidades pagadas por el mismo y sin que proceda derecho a indemnización alguna por dicha resolución.
• Si el expositor solicitara a posteriori una reducción en el espacio contratado, perderá el derecho a la totalidad del mismo, pudiendo solicitar una nueva ubicación de entre los espacios disponibles.
• Respeto mutuo entre expositores. En general, queda prohibida toda manifestación propagandística que pretenda ejercerse fuera del stand que el expositor ocupe en el certamen y, expresamente, las siguientes:
> Entrega de pasquines o reclamos publicitarios, venta de rifas, etc.
> Colocación de rótulos o murales, fuera de aquel emplazamiento.
> Emplear sistemas de sonidos para formular reclamos publicitarios.
> Emitir músicas ambientales con potencia superior a 60 decibelios.
• Queda prohibido el acceso y permanencia dentro del recinto ferial de toda mercancía de las calificadas como peligrosas.
• En general, queda prohibido el acceso de vehículos al recinto ferial durante los horarios habilitados para la visita de público.
Es facultad de la Dirección Técnica de la Institución Ferial el dictar las normas de circulación de vehículos durante los períodos de montaje y desmontaje, así como el de provisionistas durante la celebración de los certámenes. Tendrán un horario limitado.
Se respetarán las normas internas para la circulación de vehículos en el interior del recinto ferial. En caso de urgencia reconocida por la Dirección Técnica, será requisito indispensable para el acceso de un vehículo al recinto ferial disponer previamente de autorización escrita.
• Antes de que expositores y/o montadores efectúen una conexión eléctrica, de agua o telefónica, deberá solicitarse por los mismos la correspondiente autorización, para efectuaría bajo la supervisión de los Servicios Técnicos del certamen.
• Cargas sociales y normativas sanitarias. Todo expositor queda comprometido a operar el alta en seguros sociales de los empleados que atiendan su stand, incluso guardas. También a observar la legislación sanitaria y normas legales de protección al consumidor; el Plan de Prevención de Riesgos Laborales y obligaciones fiscales.
Los stands construidos con una superficie igual o superior a 25 m2, dedicados al almacenamiento y venta de productos combustibles tales como madera o textil, o dedicados a cocina, contarán con extintores portátiles. El extintor será apto para fuegos en instalaciones eléctricas.
Se respetará la ubicación de puertas de evacuación, tomas de energía eléctrica y accesos de material contra incendios, bies, extintores, alarmas,
etc. de que disponen los recintos, aun cuando estos queden incluidos en los espacios contratados, así como los accesos a las zonas de servicio.
El extintor será accesible y estará situado preferentemente fijado a un paramento o columna a una altura de aproximadamente 1,7 metros desde el suelo hasta la parte superior del extintor.
• Jardinería y arbolado. El expositor, al tiempo de la contratación, aceptará expresamente la presencia de árboles y arbustos en el polígono adjudicado. Debe respetar y evitar que montajes, desmontajes y construcciones dañen o impidan el normal desarrollo de los mismos.
• No se pueden llevar a cabo excavaciones en la zona exterior del recinto sin previa autorización del Departamento Técnico.
La Feria solo admitirá como expositores en este sector a los distribuidores oficiales de las marcas presentes en el mercado o, en su caso, a los propios fabricantes que consideren oportuno hacerlo de forma directa.
Toda instalación eléctrica se realizará de acuerdo a los requisitos exigidos por el Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión. Es obligatorio someter todas las instalaciones eléctricas efectuadas en los stands a la aprobación de la Dirección Técnica de la FIDMA.
La ejecución de las instalaciones deberá ser realizada por un instalador electricista autorizado por el Principado de Asturias y con documento de calificación empresarial en vigor.
Queda terminantemente prohibido manipular los cuadros y conexiones eléctricos.
La Feria podrá, a su discreción, limitar la potencia de suministro cuando pueda tener incidencia negativa en otros usuarios o por razones de sobrecarga o seguridad de sus propias líneas e instalaciones. El expositor no podrá hacer ninguna modificación en la instalación eléctrica del stand, limitándose a conectar sus receptores en las tomas de corriente o puntos de conexión destinados a tal fin por el instalador. La conexión a la red general sólo puede realizarla el Servicio Eléctrico de la Feria.
Las condiciones previas para la conexión a la red general son las siguientes: indicación del tipo y cantidad necesaria de consumo eléctrico (KW. En monofásica en 220 V. para alumbrado, Kw. en trifásica en 380 V. para fuerza, presentación del Certificado de instalación eléctrica e indicación de si se precisa fluido eléctrico durante 24 horas).
Como medida preventiva, ante fallo del suministro, el expositor esta obligado a dotar a su instalación, productos o máquinas, de los sistemas de seguridad que correspondan en cada caso. Los motores con potencia superior a 15 KW deberán disponer de dispositivos que limiten la intensidad del arranque.
El uso de gases (butano, oxígeno o similares) por parte del expositor deberá contar con el contrato de uso y conservación correspondiente de la empresa distribuidora. La copia de este documento deberá entregarse al Departamento Técnico de la Feria. Si se precisara instalación, ésta deberá ser realizada por una empresa autorizada. No se permitirá el almacenamiento de este tipo de materiales.
Todo particular o empresa que desee montar stands en el certamen por cuenta de terceros se acreditará ante la Dirección Técnica y solicitará la correspondiente autorización para iniciar obras. Deberá abonar una tasa de 5,00 €/m. construido, en compensación a los servicios que la Feria Ie proporciona (energía eléctrica, agua, etc.). Es imprescindible el pago para retirar dicha autorización.
De igual manera, y en base a las mismas consideraciones, las empresas de limpieza por cuenta de terceros, deberán abonar a la Organización Ferial una tasa de 1,50 €/m2 contratado.
Todas las empresas de montaje y/o desmontaje que realicen obras en el Recinto Ferial deberán solicitar en el Dpto. Técnico el permiso de entrada, adjuntando la relación de trabajadores y los correspondientes TC1, TC2 o el último certificado de cotización a la Seguridad Social en el Régimen de Autónomos y el Plan de Seguridad y Salud Laboral de las obras.
La persona o empresa que solicite los pases de montaje /desmontaje debe declararse conocedora del Reglamento Técnico y de las Normas de Trabajo, etc. de la Feria Internacional de Muestras de Asturias y comprometerse a su estricto cumplimiento mediante la firma de la documentación pertinente que Ie será facilitada en el Departamento Técnico. La empresa expositora será la única responsable de las posibles anomalías que pudieran producirse, responsabilidad que incluirá también a los trabajadores contratados a otras empresas.
En el caso de que la empresa expositora monte su propio stand, deberá remitir el proyecto al Departamento Técnico para su conocimiento. Se podrá exigir, si la envergadura del montaje a realizar así lo requiriese, que sea firmado por un técnico competente y visado por el Colegio Oficial.
Los residuos durante el montaje/desmontaje y los que se generen en la propia exposición serán contenerizados y manipulados correctamente, atendiendo las normas que sobre este tema tiene la Institución Ferial.
El expositor solicitará al Departamento Técnico de la Feria un permiso especial para la entrada de sus proveedores. Todas las empresas que no estén presentes como expositoras y deseen actuar como proveedores deberán acreditarse como tales en el Departamento Técnico. Deberán abonar 250,00 €, en el momento que requieran la autorización correspondiente, para poder así acceder al recinto en el horario previsto para ello.
Quedan prohibidos como elementos de construcción y/o decoración todos aquellos materiales peligrosos, tóxicos, inflamables o insalubres como:
• Moqueta no ignífuga.
• Porexpan prensado en grandes cantidades.
• Pulverización de pinturas celulósicas.
• Fardos de paja.
• Cuantos materiales pudieran catalogarse como tales.
No se permite pintar, fijar tacos, hacer rozas, perforar pavimentos, fijar moquetas o elementos de construcción con cola de contacto o similares.
Finalizado el plazo de desmontaje, no podrá dejarse ningún material dentro del recinto ferial y, por tanto, no se admitirá ningún tipo de reclamación.
En cualquier caso, los materiales y residuos que quedasen en el recinto al término del período de desmontaje serán facturados por el período almacenado, los gastos de traslado y otros que hubiesen sido realizados por la Feria. La tasa de desescombro se facturara a razón de 6,30 €/m2.
Se recomienda a todos los expositores que ofrezcan productos que no sean de su fabricación o comercialización (vinos, cervezas, sidras, embutidos, helados, refrescos, postres, etc.), se provean de los mismos acudiendo a los presentes en el certamen, que les podrán abastecer de lo necesario de forma mucho mas cómoda y a un menor costo, por las ventajas que representa el transporte y la agilidad en el reparto.
Los stands de alimentación y restauración no podrán instalar otros despachos de bienes consumibles que no sean los propios del negocio, ni máquinas de vending que no estén autorizadas por el Departamento Comercial, a fin de evitar competencias incómodas.
Los establecimientos de restauración que abran unos días antes de la inauguración para dar servicio a las empresas de montaje no están autorizados a disponer de terrazas en las calles por ocasionar graves problemas en el tráfico interior, y se les pasará, en su momento, la factura correspondiente a los gastos de energía eléctrica, agua y recogida de residuos durante esas fechas previas.
La Organización delimitará claramente la zona en la que el expositor podrá instalar mesas, sillas, sombrillas, elementos propagandísticos, etc. Queda terminantemente prohibida la instalación de estos elementos fuera de la zona señalada al efecto.
Todos aquellos expositores que vendan alimentos para consumo deberán observar con todo rigor las normas sobre aspectos estructurales del stand, como las de manipulación de alimentos que contempla la legislación sanitaria de la Consejería de Salud y Servicios Sanitarios del Principado de Asturias.
Queda totalmente prohibida la instalación de barbacoas fuera de los límites del stand, así como la emisión de humos o gases procedentes de las mismas que sean perjudiciales para la salud y molestos para los visitantes o expositores. Las parrillas situadas dentro de los stands deberán tener una correcta instalación y equipos extractores.
Todos los stands de alimentación deberán tener obligatoriamente un cartel o varios, a la vista del público, indicando los precios de sus productos, IVA incluido. Asimismo, la legislación vigente obliga a tener a disposición del cliente que lo solicita hojas de reclamaciones. Dichos impresos los despacha la Agencia de Sanidad Ambiental y Consumo del Principado de Asturias.
A través del siguiente enlace, podrá descargar la carpeta de servicios feriales, donde ponemos a su disposición una herramienta que le permitirá obtener una amplia gama de servicios para cubrir sus necesidades como expositor de la Fidma.
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